Publicado enNúm. 350
Acciones afirmativas en favor de los pueblos y comunidades indígenas
La discriminación histórica y estructural en nuestro país ha generado que los pueblos y comunidades indígenas se enfrenten a grandes dificultades para acceder a los cargos de elección popular. Si bien la constitución en el artículo 2° prevé que los pueblos y comunidades indígenas tienen derecho a elegir a sus autoridades bajo su sistema normativo interno, hasta el momento, sólo ha sido aplicado en el ámbito municipal mientras que a nivel estatal y federal continúa bajo el sistema de partidos políticos. Los cargos a diputaciones tanto locales como federales, senadurías, gubernaturas y presidencia de la república continúan siendo electas mediante el régimen partidista, con pocas posibilidades para postular candidaturas indígenas.








