Peritajes antropológicos sobre el impacto comunitario de la militarización. Aportes para la reflexión en torno a la Guardia Nacional

R. Aída Hernández Castillo

CIESAS-Ciudad de México

En los últimos años he tenido la oportunidad de participar en la elaboración de distintos peritajes antropológicos para la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CoIDH) y para el aparato de justicia nacional, que han documentado las afectaciones de la militarización de comunidades indígenas y campesinas en el marco de la llamada “guerra contra el narco”. Esta estrategia de seguridad desarrollada a partir de la administración de Felipe Calderón (2006-2012) y retomada por Enrique Peña Nieto (2012-2018), priorizó la militarización de la seguridad pública y el enfrentamiento armado contra el crimen organizado, dejando un saldo de unos doscientos cincuenta mil muertos y más de treintay siete mil desaparecidos. En esta colaboración quisiera reflexionar sobre algunos de los hallazgos y recomendaciones de estos peritajes en el marco del debate nacional sobre la nueva política de seguridad del presidente Andrés Manuel López Obrador.

Durante su campaña electoral, López Obrador criticó la política de seguridad de las administraciones anteriores y anunció una nueva etapa de construcción de paz con justicia con el eslogan casi cómico de: “abrazos, no balazos”. Sin embargo, la promesa hecha en campaña de “sacar al ejército de las calles” parece haberse olvidado al anunciarse la creación de una Guardia Nacional bajo un mando militar. En las últimas semanas distintos sectores de la comunidad académica y las organizaciones civiles se han manifestado en torno a los peligros que implican las modificaciones constitucionales para crear esta Guardia Nacional. Esta iniciativa de ley presentada ante la Cámara de Diputados por la bancada de Morena pretende legalizar mediante reformas constitucionales, las actividades de seguridad pública que de por si ya hacía el ejército en los últimos dos sexenios y que dejaron como resultado más de diez mil quejas por violaciones a derechos humanos, según cifras oficiales de la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH) de 2007 a 2017.

Entre las voces críticas a la propuesta dentro del mismo partido en el gobierno está la de la senadora Nestora Salgado García, expresa política y exintegrante de la Coordinadora Regional de Autoridades Comunitarias de Guerrero (CRAC). En una reciente entrevista difundida en las redes sociales por BuzzFeed News, la senadora señala: “Para mí los militares han sido los peores violadores a los derechos humanos, militares y marinos, espero que Andrés Manuel, corrija esto. Yo de los militares no tengo nada bueno que decir, no creo que nos vayan a proteger, ni a salvar la vida. Lo tengo muy claro, en los gobiernos pasados hubo una colusión de ejército con delincuentes, y si tuviéramos la oportunidad de ir a las cárceles, o de mirar las declaraciones de los presos que están ahí, constataríamos esta vinculación: como los criminales le han dado dinero a militares y marinos, entonces tendríamos una historia diferente”.[1]

Las complicidades entre el ejército y otras fuerzas de seguridad estatal con el crimen organizado a las que se refiere Nestora Salgado fueron documentadas en tres peritajes antropológicos que realizamos conjuntamente con el etnólogo Héctor Ortiz Elizondo para su defensa durante 2015. A petición de sus abogados Sandino y Leonel Rivera, de la organización Defensa Legal Estratégica en Derechos Humanos, realizamos tres peritajes antropológicos vinculados a tres procesos legales contra Nestora Salgado García, para argumentar la legitimidad de sus acciones como integrante de un sistema de justicia indígena. Como equipo de antropología jurídica nos ha interesado vincular nuestras investigaciones académicas a estrategias concretas de lucha por la justicia con los actores sociales con quienes trabajamos, por lo que hemos incursionado en distintas experiencias de peritajes sobre los que hemos reflexionado académicamente en otros espacios (véase Hernández Castillo 2016, Loperena, Mora y Hernández Castillo 2018, Sierra y López en prensa, Mora en prensa).

Si bien estos peritajes realizados para el sistema penal mexicano no fueron específicamente sobre el impacto de la militarización, sino sobre la legitimidad de la CRAC como sistema de justicia indígena y sobre las detenciones realizadas por Nestora Salgado en el marco de dicho sistema, la reconstrucción del contexto del caso implicó documentar tanto las complicidades entre la delincuencia organizada y las fuerzas de seguridad, como las arbitrariedades y violaciones a los derechos humanos cometidos por el ejército durante su detención.

Cada vez que las acciones de la CRAC han puesto en peligro los intereses de los gobiernos locales vinculados al crimen organizado, se ha enarbolado el argumento de su “ilegitimidad” y se han criminalizado sus procesos jurídicos, a pesar del reconocimiento legal que tiene por la Ley 701 de Reconocimiento, Derechos y Cultura de los Pueblos Indígenas del estado de Guerrero y por el artículo Segundo Constitucional. Este fue el caso de la detención arbitraria por parte del ejército mexicano de Nestora Salgado García, junto con 30 policías comunitarios, el 21 de agosto del 2013. Sin tener competencias, ni orden de detención, los militares realizaron detenciones y allanaron la Casa de Justicia de la CRAC en la comunidad de El Paraíso, en el municipio guerrerense de Ayutla de los Libres. Nestora estuvo varias horas incomunicada en una “casa de seguridad” ilegal, antes de que la transportaran a una cárcel de alta seguridad en Tepic, Nayarit, acusada de secuestro y delincuencia organizada. La ahora senadora estuvo incomunicada hasta el 28 de mayo de 2015, cuando logró que la trasladaran a la ciudad de México, después de una huelga de hambre que casi le cuesta la vida.

En el marco de los tres peritajes que realizamos, a través de entrevistas individuales y grupos focales realizados con habitantes de la zona e integrantes de la CRAC Olinalá, pudimos documentar cómo, previo a la detención de Nestora Salgado, la policía comunitaria había confiscado material grabado sobre pornografía infantil, y denunciado la existencia de redes de tráfico de menores y mujeres en la zona bajo la complicidad de las autoridades locales. Estos materiales se entregaron al ejército, que a la vez los desapareció y contribuyó así con el ocultamiento de pruebas.

Si bien el ejército no estaba en el “banquillo de los acusados” en este proceso legal, su acción violó los “derechos al debido proceso” que argumentó la defensa. En los peritajes realizados, la documentación del contexto de impunidad y violencia que llevó a la población de Olinalá a integrarse al sistema de justicia indígena de la CRAC, incluyó la reconstrucción histórica de las redes de complicidades entre las fuerzas armadas, distintos niveles de gobierno y el crimen organizado.

Previo a estos peritajes, con Héctor Ortiz Elizondo, habíamos realizado en 2009 dos peritajes antropológicos para la CoIDH, en los casos de Inés Fernández vs. México, y Valentina Rosendo Cantú vs. México. Se trató de dos casos de violación sexual cometidos por efectivos del Ejército mexicano contra dos mujeres indígenas, integrantes de la Organización del Pueblo Indígena Me´phaa (OPIM). Esta organización se creó precisamente para denunciar el impacto de la militarización y las violaciones a los derechos humanos en la Montaña de Guerrero, por lo que los representantes legales de Valentina e Inés, argumentaban que sus violaciones sexuales, en febrero y marzo de 2002, respectivamente, fueron parte de una estrategia de represión política contra ellas y sus compañeros y compañeras de lucha.

En los citados peritajes pudimos documentar cómo sus violaciones se interpretaron y vivieron por ellas y por sus familias a la luz de una memoria histórica que vincula la presencia del ejército con la violencia y la impunidad desde que en la década de los setenta del siglo pasado se han desarrollado en el estado de Guerrero a raíz de la llamada “guerra sucia”. A esta historia se unen las memorias más recientes de la masacre de El Charco, en 1998, precisamente en el municipio de Ayutla de los Libres, en donde tenían sus oficinas centrales la OPIM y donde se llevó a cabo el acto de desagravio. En el marco de esta historia reciente, las violaciones sexuales y la tortura se vivieron como parte de un continuum de violencia que ha marcado la relación de los pueblos indígenas de la región con las fuerzas armadas mexicanas.

Por esta memoria histórica una de las demandas más sentidas, expresadas sobre todo por Inés Fernández, fue el retiro de las fuerzas militares de la zona como una medida indispensable que garantiza la no repetición. Esto nos llevó a Héctor Ortiz y a mí, en el peritaje antropológico que presentamos ante la Corte, a recomendar que “se establecieran mecanismos de consulta, a través de sus instituciones representativas, para acordar las condiciones, el tiempo y los motivos en los que el pueblo mepha’a concuerda con la presencia del ejército en su territorio, de acuerdo con lo estipulado en el Artículo 6º del Convenio 169 de la OIT en cuanto a derecho a consulta y el artículo 30 de la Declaración de las Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas en cuanto a actividades militares en zonas indígenas”.[2] El 30 de agosto de 2010 la Corte declaró al Estado mexicano culpable de violación a la integridad personal, las garantías judiciales y el derecho de protección de las señoras Inés Fernández Ortega y Valentina Rosendo Cantú, así como de sus familias. El fallo de la Corte fue en sí mismo reparador, ya que después de tantos años de espera, se reconoció finalmente la legitimidad de la denuncia de ambas, así como la responsabilidad del Estado en el uso “de violencia institucional castrense contra la integridad física de la víctima”. La Corte argumentó que no se trataba de casos aislados, sino de una política institucional que usa la violencia sexual como arma de represión.

Ocho años más tarde la CoIDH nuevamente declara al ejército mexicano culpable de usar su violencia institucional contra la población civil, esta vez con respecto a la desaparición forzada de Nitza Paola Alvarado Espinoza, José Angel Alvarado Herrera y Rocío Irene Alvarado Reyes, detenidos-desaparecidos por efectivos del ejército mexicano el 29 de diciembre de 2009 en el marco del Operativo Conjunto Chihuahua. El 28 de noviembre de 2018, tan sólo cuatro días antes de que López Obrador elogiara la honestidad y lealtad del ejército en su discurso inaugural, la CoIDH declaraba al Estado mexicano culpable, mediante una sentencia de 118 páginas, en donde se documenta el contexto de militarización, impunidad y graves violaciones a los derechos humanos que posibilitaron la desaparición forzada de los primos Alvarado.

En esta ocasión tuve el privilegio de trabajar con Carolina Robledo, May Ek Querales, Liliana López, como integrantes del Grupo de Investigación en Antropología Social y Forense (GIASF), en la elaboración de un peritaje socioantropológico sobre el contexto del Operativo Conjunto Chihuahua, en el marco del cual tuvieron lugar las desapariciones de los primos Alvarado, así como las afectaciones comunitarias de este hecho. La importancia de este peritaje, retomado en varias partes en la sentencia final de la Corte, radica en que documenta que estas desapariciones no fueron hechos aislados, sino que son parte de una estrategia de terror y castigo en el marco de una guerra contra una población, cuya historia ha estado marcada por luchas de resistencia en la defensa de sus derechos y territorios, entre ellas la lucha contra megaproyectos mineros.[3]

Una de las recomendaciones que hacemos en el citado peritaje se refiere al retiro del ejército de tareas de seguridad pública:

La desmilitarización de la seguridad pública y el retiro de los retenes militares de las carreteras regionales es vista por muchos pobladores como una medida indispensable que garantiza la no repetición. La presencia misma de fuerzas militares sin la correspondiente aplicación de la normatividad internacional vigente en materia de conflictos bélicos, genera una situación de indefinición que conduce a que ni los elementos del ejército ni los mismos habitantes de la zona estén claros sobre si los pobladores son o no reconocidos como civiles o fuerzas no beligerantes. De ahí deriva una mutua desconfianza que promueve los conflictos y por ende las violaciones a los derechos humanos.[4]

La sentencia de la Corte para el caso Alvarado retoma esta recomendación y cuestiona los efectos negativos que ha tenido la participación de militares en funciones de seguridad pública. Un argumento importante de la sentencia, al igual que las sentencias para los casos de Inés Fernández Ortega y Valentina Rosendo Cantú, es que su análisis no focaliza las responsabilidades en algunos “efectivos indisciplinados” sino en políticas institucionales que violan los derechos humanos. En el caso de la desaparición forzada de los primos Alvarado se refiere a una estrategia de seguridad que compromete los principios que deben regir la fuerza pública y las garantías de los detenidos. Al retomar las recomendaciones planteadas por los informes de la ONU, la sentencia señala “la necesidad de desmilitarizar las estrategias de combate contra el crimen organizado y adecuar el marco constitucional interno para permitir un abordaje estatal de la defensa de la seguridad ciudadana conforme a estándares internacionales”.

Muchos de quienes votaron por Andrés Manuel López Obrador pusieron sus esperanzas en que su estrategia de construcción de una paz digna con justicia, incluiría la desmilitarización. En las mesas de discusión sobre la creación de la Guardia Nacional, convocadas el 11 de enero pasado por el Congreso de la Unión, participaron académicos e integrantes de organizaciones civiles que documentaron los peligros que implica el militarizar la seguridad pública. Estos analistas nos recordaron que los militares han sido formados para vencer al enemigo y ganar guerras, no para proporcionar seguridad ciudadana, y que esta cultura militar no puede ser revertida con un curso de capacitación. Esperemos que el nuevo presidente escuche estas voces y las de los integrantes más lúcidos dentro del Senado y recuerde las promesas de campaña que incluían el sacar al ejército de las calles.

 


[1] Véase la siguiente liga <https://www.buzzfeed.com/mx/inigoarredondo/los-militares-han-sido-los-peores-violadores-de-derechos>.

[2] El peritaje completo puede consultarse en <www.rosalvaaidahernandez.com/wp-content/uploads/2016/08/peritaje-ines-fernandez.pdf>.

[3] Se trata del proyecto minero canadiense de la compañía Mag Silver y su subsidiaria mexicana Cascabel que compraron de manera ilegal 40 de los casi 400 derechos de uso común en la zona de pastoreo del Ejido Benito Juárez donde tuvo lugar la desaparición forzada de los primos Alvarado.

[4] Véase el peritaje socioantropológico sobre el contexto del Operativo Conjunto Chihuahua y las particularidades de las violencias vividas en ese momento, especialmente en la región donde se cometieron los hechos violatorios. Elaborado por Carolina Robledo Silvestre, Erika Liliana López López, May-ek Querales Mendoza y Rosalva Aída Hernández Castillo, integrantes del Grupo de Investigación en Antropología Social y Forense (GIASF), registrado ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos (en adelante la Corte) con el expediente número CDH-14-2016/011.