¿En nombre de quién? Estado y sociedad civil en la búsqueda de personas desaparecidas

Sara López Cerón[1]
ENAH

Fotografía de Sara López Cerón (2018)

La desaparición de personas es un fenómeno que, como muchos otros, puede ser abordado desde múltiples disciplinas y enfoques. En el presente artículo retomo las principales discusiones que desarrollé en mi Tesis de Maestría en Antropología Social (CIESAS-Pacífico Sur) titulada “Entre la angustia y la agonía. La cotidianidad de los buscadores en sitios de exterminio de frente a la burocracia de Estado: el caso del sur de Tamaulipas, esto, con el fin de fortalecer la discusión teórico conceptual que se empleó en dicha investigación a partir de análisis posteriores a la defensa de la tesis. En particular retomo la reflexión sobre cómo abordar este fenómeno y trascender un imaginario que tiende a cosificar al “Estado” para concebirlo, en cambio, como un “proceso de producción permanente”.[2] La propuesta en mi tesis se enfoca en la búsqueda de personas desaparecidas, desde la antropología del Estado lo cual, me permitió analizar “lo que ‘en nombre del Estado’ hacen en realidad los funcionarios del nivel más bajo” (Gupta, 2015: 75). Esto es, analizar las negociaciones que funcionarios estatales entablan con familiares de personas desaparecidas durante la búsqueda en los sitios de exterminio. Este enfoque me permitió comprender cómo a través de esas negociaciones cotidianas es representado el Estado, y desdibujado en tanto una inacabada maquinaria burocrática.

Buscarlas

La búsqueda de personas desaparecidas en México ha sido y es la principal exigencia de las personas que viven con la ausencia de seres queridos. No obstante, a casi dos décadas de las primeras desapariciones en el marco de la llamada “guerra contra las drogas” seguimos lejos de contar con una estrategia nacional que permita encontrarlas.

La ausencia de acciones concretas por parte del Estado mexicano que posibiliten la búsqueda, de las, al menos, 100 mil personas desaparecidas (Segob, 2022), ha generado que, de manera paulatina, sus familiares se hayan visto en la terrible necesidad de buscar a sus seres queridos con sus propios recursos. Así, periodistas y académicos han traído a la luz y documentado las “búsquedas ciudadanas”, entendidas como:  

El conjunto de acciones no gubernamentales y no institucionales, de información, indicios y elementos que propicien la ubicación de sitios donde se localicen personas desaparecidas, realizado por activistas y familias de las víctimas, de manera independiente y con técnica, metodología y recursos propios. (De León, 2022)

Las búsquedas ciudadanas han visibilizado el fenómeno de la desaparición de personas a nivel nacional e internacional, el extremo sadismo con el que se las desaparece, el horror y terror que se vive en los espacios donde se dan las desapariciones de las formas más atroces y crueles. Pero, sobre todo, han evidenciado carencias, omisiones, colusión, corrupción y una constante ausencia del Estado en cualquiera de sus niveles de gobierno. Sin embargo, a pesar de los esfuerzos y sacrificios de cientos de familiares, éstos no han sido suficientes para obligar al Estado a impulsar una estrategia nacional, regional y local que permita encontrar a las personas desaparecidas en México.

El diagnóstico que los familiares han dado desde años atrás se basa en la falta de voluntad política o, en otras palabras, en nulos esfuerzos por parte de las autoridades para dar con el paradero de sus seres queridos. En tanto, las investigadoras Sandra Serrano y Volga de Pina (2021) consideran que la problemática actual no se puede reducir ni generalizar en la falta de voluntad política; para las autoras existen dos grandes problemas a resolver, por un lado, la violencia y el cese de las violaciones a derechos humanos y, por el otro, las capacidades estatales y, por ende, su desarrollo. El primer problema se trata, en parte, de hacerse cargo de la corrupción; el segundo consiste en hacerse cargo de las violaciones a los derechos humanos producidas por la violencia, es decir, “buscar a los desaparecidos, identificar los cuerpos, investigar y sancionar a los responsables y reparar a las víctimas” (Serrano y De Pina, 2021). Además, señalan que existe una tolerancia al incumplimiento de la ley, las normas y las instituciones de derechos humanos, pues, se adoptan leyes y crean instituciones sin que éstas den los resultados esperados (Serrano y De Pina, 2021).

El escenario descrito ha generado un debate en torno al quehacer de la búsqueda de las personas desaparecidas: optar por el camino de lo ciudadano, seguir las reglas establecidas por el Estado –aunque ello implique el estancamiento de los casos– o, apostar por modelos híbridos (véase López, 2020). Ninguno de los tres modelos es tan sencillo como se lee, cada uno tiene ventajas y repercusiones, empero, los colectivos de familiares y organizaciones de la sociedad civil se han visto en la necesidad de inclinarse por alguno de ellos, de aprender sobre la práctica y replantear su modelo de búsqueda o, incluso, en el camino, cambiar de modelo.

Etnografía a pie de los sitios de exterminio

Realicé mi trabajo de campo en sitios de exterminio al sur de Tamaulipas entre septiembre de 2018 y enero de 2019. Durante ese periodo atendí un total de diez búsquedas, seis con funcionarios de fuero federal y fuero común, y cuatro que se realizaron únicamente con el fuero común. En ambos casos la agenda de las búsquedas respondía a una negociación entre familiares y autoridades, impulsadas, principalmente, por los primeros al interior de las instituciones. No obstante, el tipo de negociaciones que tuve oportunidad de observar se llevaron a cabo entre familiares y servidores públicos de los cargos más bajos, me refiero a agentes del ministerio público, policías investigadores y peritos. Estas negociaciones, a diferencia de las primeras, se dan en los espacios donde se realiza el procesamiento de indicios o, en otras palabras, fuera de las edificaciones destinadas a actos burocráticos.

Los sitios de extermino, como los denominan los familiares, son espacios en donde se han localizado un número indeterminado de minúsculos fragmentos óseos calcinados; se ubican, por lo regular, a fin de pasar desapercibidos, lejos de las grandes urbes, en las faldas de la sierra o en comunidades ejidales con poca población que, con el paso del tiempo y el incremento de la violencia y la inseguridad, han quedado prácticamente deshabitados. La autoría de estos sitios se adscribe, de manera general, a Los Zetas y, durante los últimos años, ha sido común encontrarlos en diferentes puntos de Tamaulipas, Nuevo León y Coahuila.[3] 

Estos sitios, una vez que son tomados por las autoridades, son reconfigurados a través del establecimiento de cuatro áreas: 1) exhumación, 2) cribado, 3) mesa de indicios y 4) área de seguridad perimetral (López, 2020: 169 y 170). Los primeros dos espacios se vinculan con actividades encabezadas por peritos especializados en arqueología y antropología física forense, el tercero queda en manos, principalmente, del agente del ministerio público y el cuarto corresponde a policías investigadores, municipales, estatales, federales o a elementos de la Marina, ello dependerá tanto del tipo de jurisdicción como del tipo de recursos a los que logren acceder-negociar los familiares.[4] Las negociaciones entre familiares y servidores públicos, se dan principalmente en el sitio de cribado, espacio al cual me incorporé para apoyar en esa actividad que consiste en separar los minúsculos fragmentos óseos de piedras, carbón o madera mediante un instrumento denominado criba que es una malla metálica que cuenta con un marco de madera y un soporte.

a pie de los sitios de exterminio, fuera de las instituciones gubernamentales, en donde, al desmoronarse los límites que caracterizan espacios como la “Zona cero”, de frente a esa violencia extrema que se da de manera continua, se efectúan las negociaciones entre familiares y funcionarios públicos en torno a las prácticas cotidianas en sitios de exterminio. Dicho de otra forma, es ahí, en donde, desde la perspectiva de Ferguson y Gupta, está el Estado, pues es ahí, en donde se le representa y se negocia a su nombre para cumplir con la cabalidad de sus límites. (López, 2020: 174)

Así, ahí, a pie de los sitios de exterminio, se desmoronó un imaginario  –el mío– que entendía la realidad de las búsquedas de personas desaparecidas como una de seres antagónicos en constantes disputas  –cualquiera que esas sean–, en donde los familiares de personas desaparecidas se encontraban de frente a “el Estado”, sí me refiero a ese ente, del que poco se entiende, cuando se le cosifica.

El Estado

Las búsquedas ciudadanas, en su más puro significado –sin ningún tipo de intervención estatal– que tuvieron un auge a partir de la coyuntura política desencadenada tras la desaparición de los 43 estudiantes de la Escuela Normal Rural “Raúl Isidro Burgos” de Ayotzinapa, fueron absorbidas –de manera paulatina– por el aparato burocrático que se ha desarrollado en torno a la cadena de custodia. En este sentido, en la actualidad, la mayoría de las búsquedas ciudadanas son acciones impulsadas por los familiares, en donde su intervención es producto de negociaciones con autoridades.  

La ausencia del Estado en las acciones de búsqueda dirigidas por familiares era, y es, consecuencia de su negativa a salir en búsqueda de las personas desaparecidas, sin embargo, la atención mediática que recibió este tipo de acciones generó que el Estado se reapropiará de estos procesos bajo el argumento de proteger los indicios localizados. Lo cual significó que el Estado tomara –de nueva cuenta–[5] control de la búsqueda a través de un aparato burocrático compuesto por “prácticas y representaciones cotidianas” (Agudo, 2011: 14) que se materializan en la cadena de custodia, proceso enfocado en el levantamiento, traslado, análisis pericial y resguardo de indicios localizados en espacios donde existe una probable relación entre la persona desaparecida, su suerte, paradero y perpetradores.

Lo anterior muestra un cambio de paradigma en las búsquedas ciudadanas, pues, si en un primer momento –en algunos puntos del país– estos ejercicios prescindían de la participación de representantes del Estado y/o de determinadas prácticas burocráticas, la necesidad de los familiares de contar con documentos oficiales que únicamente son producidos por el aparato estatal como actas de defunción o declaratorias de ausencia, han generado que “acepten” o incluso “exijan” la participación del Estado en las búsquedas. Cabe destacar que, el entramado burocrático –en cierta forma– ya contemplaba la búsqueda de personas desaparecidas, aunque no se ejercía ese derecho. Aspecto que motivó la creación de la Ley General en Materia de Desaparición Forzada de Personas, Desaparición Cometida por Particulares y del Sistema Nacional de Búsqueda de Personas, la cual, a su vez, estableció la creación de una Comisión Nacional de Búsqueda, y de comisiones locales, con el fin de subsanar lo que en apariencia era un hueco legal que omitía la búsqueda de personas. Si bien este nuevo entramado burocrático todavía no entraba en funciones durante el periodo que realicé mi trabajo de campo, el Estado se apropió de estas acciones con los medios que al momento contaba, mientras paralelamente rediseñaba el entramado institucional para “consolidar” su dominio sobre las búsquedas. De tal forma que, estamos ante lo que José Luis Escalona denomina una “incompleta maquinaria burocrática” (2011: 46) que se ubica en un proceso de producción permanente del Estado (Comunicación personal, Escalona, 2020).

La reapropiación de las búsquedas por parte del Estado conlleva varias implicaciones, por ejemplo, que a través de instrumentos jurídicos se establezcan las relaciones entre servidores públicos y familiares, así como que se delimite el actuar de los primeros con base en sus competencias y se restrinja la participación de los segundos. En consecuencia, los familiares se han visto en la necesidad de negociar su intervención en la búsqueda de sus seres queridos; los resultados han sido diversos y dinámicos, varían según la entidad, la postura del colectivo, la coyuntura política o el tipo de relación que los familiares logren establecer con autoridades locales, estatales y/o federales, cuyos puestos están en constante rotación. Estas negociaciones, si bien se inician en las edificaciones donde regularmente es representado el Estado por los servidores públicos se terminan de consolidar a pie de los sitios de exterminio, espacios fuera de esas edificaciones en donde también es representado el Estado.

La negociación entre familiares y servidores públicos se basa en que los primeros no están facultados legalmente como representantes del Estado y, por ende, no forman parte del proceso de actuación en la investigación ministerial, es decir, no existe un documento legal en donde se establezca su participación en la cadena de custodia (véase López, 2020: 131). Si bien la ley establece su participación mediante la coadyuvancia (véase Artículo 12, fracción III, LGV, 2013), la intervención que buscan algunos colectivos o familiares radica en que se les permita ser parte del proceso de cadena de custodia, como, por ejemplo, en el procesamiento de indicios. Ya que son ellos, quienes, en muchos de los casos, tienen la información para buscar a sus familiares; además, esa intervención les permite vigilar que los servidores públicos cumplan con el proceso de manera correcta. Por otro lado, ante la ausencia de personal, los familiares apoyan a servidores públicos en el levantamiento de indicios, en particular en el proceso arriba descrito como cribado.  

Lo que se podría entender como una sumisión por parte de los familiares ante el Estado, es, en realidad, un “nuevo” giro que dan los familiares a su estrategia de búsqueda y, por ende, al aparato burocrático. Uno que apuesta por una burocracia basada en procesos científicos para la identificación de personas que considera la cadena de custodia, por ejemplo, los análisis que se realizan a las personas sin vida, a los cuerpos esqueletizados y fragmentos óseos para, por ejemplo, estimar edad, estatura, sexo o determinar la causa de muerte. Así, un sector de los familiares decidió optar –de entre toda la burocracia a la que se han enfrentado en su arduo camino por prácticas que se sustentan en la ciencia–, en particular los dictámenes periciales que realizan los peritos adscritos a instituciones de gobierno a indicios –como los fragmentos levantados en los sitios de exterminio– que cuentan con cadena de custodia y que, de realizarse, serán decisivos en la identificación de personas. De esta forma, el aparato burocrático estaría cumpliendo  –una vez más– su papel como una “maquinaria generadora de esperanza” (Nuijten, 2003: 16) al brindar la posibilidad de ubicar el paradero y suerte de las personas desaparecidas.

La participación de los familiares puede considerarse un logro por incursionar en un aparato burocrático fuertemente controlado por el Estado, no obstante, una vez que los indicios son ingresados en sus edificaciones para su análisis y resguardo, los familiares pierden por completo el acceso a la cadena de custodia. Se vuelve prácticamente imposible lograr cualquier tipo de acción que posibilite devolver la identidad a los minúsculos fragmentos óseos calcinados que en algún momento del pasado dieron vida a personas hoy desaparecidas o, al menos, dado el terrible estado en que son localizados, establecer los estándares mínimos para su análisis, pues sabemos que muchos de esos fragmentos no podrán ser identificados.

Consideraciones finales

El proceso de producción permanente en que se encuentra el Estado se fundamenta en una maquinaria burocrática incompleta que es empleada para la búsqueda, localización e identificación de personas. Ahora bien, como se ha visto, esa producción permanente requiere de constantes y diferentes tipos de negociaciones entre familiares y servidores públicos, mismas que posibilitan la representación del Estado –en este caso– a partir de la cadena de custodia. En este sentido, están las negociaciones que se dan durante el levantamiento de indicios a pie de los sitios de exterminio y las que se establecen con el objetivo de lograr el procesamiento científico de dichos indicios.

La representación del Estado que se da a través de las negociaciones entabladas entre familiares de personas desaparecidas y servidores públicos durante el levantamiento de indicios muestra que, la búsqueda de personas desaparecidas como parte de un entramado burocrático es un proceso que se efectúa en el nombre del Estado, tanto por servidores públicos como por los familiares. Esto, con el fin de lograr dar con el paradero de sus seres queridos.

Por último, es importante resaltar que el enfoque analítico que he retomado permite comprender el funcionamiento del aparato estatal, diseñado, no para ser coherente, eficiente o ágil, sino para ser dinámico y absorber cualquier intento ciudadano que busque prescindir de su dominio. El cual, si bien se sustenta en procesos burocráticos, opera a partir de las representaciones que son llevadas a cabo por servidores públicos y familiares, de ahí, la importancia de conocer lo que, en el nombre del Estado, hacen los servidores públicos del nivel más bajo con base en sus roles y competencias. Dicho en otras palabras, este enfoque permite conocer a profundidad la maquinaria burocrática que opera en torno a la búsqueda de personas desaparecidas con el fin de vislumbrar al Estado como un ente dinámico que es representado por sujetos diversos que, en el imaginario común, se les piensa como seres en constante confrontación con los familiares de personas desaparecidas, cuando en realidad, las negociaciones también pueden responder a alianzas estratégicas para ambos sujetos.


Bibliografía

Agudo Sánchez, Alejandro (2011), “Introducción: repensar el Estado desde los márgenes”, en Alejandro Agudo Sánchez y Marco Estrada Saavedra (eds.), (Trans)Formaciones del Estado en los márgenes de Latinoamérica. Imaginarios alternativos, aparatos inacabados y espacios transnacionales, México, El Colegio de México y Universidad Iberoamericana, pp. 11-42.

Corte Interamericana de Derechos Humanos (2009), «Caso González y otras (‘Campo algodonero’) VS. México». Consultado en https://www.corteidh.or.cr/docs/casos/articulos/seriec_205_esp.pdf   

Escalona Victoria, José Luis (2011), “El incompleto imaginario del orden, la inacabada maquinaria burocrática y el espacio de lucha. Antropología del Estado desde el sureste de México”, en Alejandro Agudo Sánchez y Marco Estrada Saavedra (eds.), (Trans)Formaciones del Estado en los márgenes de Latinoamérica. Imaginarios alternativos, aparatos inacabados y espacios transnacionales, México, El Colegio de México y Universidad Iberoamericana, pp. 45-86.

Gupta, Akhil (2015) [1985], «Fronteras borrosas: el discurso de la corrupción, la cultura de la política y el estado imaginado», en Philip Abrams, Akhil Gupta y Timothy Mitchell, Antropología del Estado, México, FCE, pp. 71-144.

Josefina de León Mendoza (marzo 2022), «Presentación del Repositorio de Documentación sobre Desapariciones en México». Consultado en https://www.youtube.com/watch?v=uQ3A9qvu3Wo 

López Cerón, Sara (2020), «Entre la angustia y la agonía. La cotidianidad de los buscadores en sitios de exterminio de frente a la burocracia de Estado: el caso del sur de Tamaulipas», tesis para optar por el grado de maestra en Antropología Social, CIESAS-Unidad Pacífico Sur.

Nuijten, Monique (2003), Power, Community and State: The Political Anthropology of Organisation in Mexico, s.l., Pluto Press.

Secretaría de Gobernación (2022), «Registro Nacional de Personas Desaparecidas y No Localizadas». Consultado en https://versionpublicarnpdno.segob.gob.mx/Dashboard/Index 

Serrano, Sandra y Volga de Pina (2021), “Perdidos en el proceso: la desaparición de personas en México”, en Sandra Serrano y Daniel Vázquez (coords.), Crisis de estatalidad y violaciones a derechos humanos, México, FLACSO, pp. 113-163.        

Turati, Marcela (12 de noviembre de 2018), “Ensayo sobre el uso del ácido”, en A dónde van los desaparecidos. Consultado en: https://adondevanlosdesaparecidos.org/2018/11/12/ensayo-sobre-el-uso-de-acido/ 

Niño de Rivera, Saskia et al. (2020), Un sicario en cada hijo te dio. Niñas, niños y adolescentes en la delincuencia organizada, s.l., Editorial Aguilar.

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Ley General en Materia de Desaparición Forzada de Personas, Desaparición cometida por Particulares y del Sistema Nacional de Búsqueda de Personas (2017), Última reforma publicada el 20-05-2021. Consultado en https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/LGMDFP_200521.pdf 


[1] Licenciada en Etnohistoria por la ENAH y Maestra en Antropología Social por el CIESAS-Unidad Pacífico Sur. Coordinadora de registro, documentación y análisis en la Red de Documentación de las Organizaciones Defensoras de personas Migrantes (Redodem). Mail: coscomate@protonmail.com Twitter: @coscomatologia

[2] Agradezco a José Luis Escalona y David Recondo por sus observaciones para replantear el postulado teórico de la tesis.  

[3] A la fecha, se han encontrado sitios de exterminio en otras entidades de la república mexicana, no obstante, en esos otros espacios las técnicas que se implementaron fueron diferentes. Ejemplo de ello es el caso de Santiago Meza, alias “el Pozolero”, en Tijuana, Baja California, quien disolvía los cuerpos con auxilio de la sosa cáustica, técnica que, a diferencia de la adjudicada a Los Zetas en el noreste del país, implicaba el uso de gasolina para incinerar de manera clandestina los cuerpos de sus víctimas (véase Turati, 2018 y Niño de Rivera et al., 2020).

[4] Cabe destacar que, dado el periodo en el cual se llevó a cabo el trabajo de campo, el tipo de instancias y, en consecuencia, de servidores públicos, se ha modificado. Pues, en la actualidad, se han incorporado las Comisiones de Búsqueda de Personas Desaparecidas –la nacional y las locales– y elementos de la Guardia Nacional han sustituido a la Policía Federal y a la Marina.

[5] Es importante destacar que, aunque no de la mejor manera ni con los resultados deseados, la búsqueda de personas desaparecidas ya formaba parte del aparato burocrático. En el año 2003, con motivo de la sentencia en contra del Estado mexicano por el caso Gonzáles y otras VS México, la Corte Interamericana de Derechos Humanos ya había instado al gobierno mexicano sobre la creación de protocolos con perspectiva de género para buscar a personas desparecidas.