Gladys Tzul Tzul
Comunidades Indígenas en Liderazgo -CIELO
Foto: Commons Wikimedia
La fuerza y efectividad del gobierno comunal indígena
Reflexionar sobre la capacidad de expansión, fuerza y efectividad comunal de los gobiernos indígenas significa mirar la simultaneidad del ejercicio del poder y la resistencia que se han fraguado en diversos momentos históricos. Pero quiero comenzar así: Todas las sociedades han tenido sistemas de organización, pero no todas han tenido al Estado como ese único sistema. Para darle lugar a este argumento, presentaré tres claves para la comprensión de la fuerza y efectividad política de los gobiernos comunales indígenas en Guatemala. Esta fuerza y efectividad se puede rastrear en el histórico despliegue político por el control, defensa y regulación de sus territorios comunales y de sus estructuras de autogobierno.
Las claves que propongo se encuentran articuladas entre sí y funcionan de forma superpuesta. Así las tres claves Trabajo/Tierra/Justicia serán puntos iniciales para la compresión de las estructuras de gobierno comunal en su tensa relación con el Estado guatemalteco. La noción clave cumplirá la función de habilitar la comprensión de una lógica que produce tensión y quiebre social de las estructuras estatales guatemaltecas.
Comprendo gobierno comunal indígena a las históricas instituciones comunales que funcionan en la defensa, recuperación y control de las tierras comunales que comparten mujeres y hombres, niños y niñas; donde las formas que adquieren las relaciones sociales recrean instancias para la producción de la decisión de manera asamblearia y al trabajo comunal es la energía social que dinamiza y produce el ejercicio de autogobierno político y control de tierras comunales. De tal forma que uso el término gobierno comunal indígena, para aludir a la autonomía indígena.
Quiero centrarme en mostrar el antagonismo y los puntos de quiebre social que impiden la totalización del Estado guatemalteco y el capital en los territorios indígenas. Esto es, la capacidad de gobierno que las estructuras indígenas han tenido al gestionar, agua, tierra, fiestas, caminos y la reconstrucción de la vida después de la guerra genocida. Ahora bien, las estrategias son gestionadas a partir de la deliberación del bien colectivo, de tal forma que en el centro de lo comunal indígena se encuentra la producción de decisión política; donde el sujeto de la política comunal es una trama y no un individuo en sí.
Los territorios comunales indígenas, no son espacios que funcionen como entes no trastocados por el capital, sino más bien se encuentra en permanente agresión, propongo por lo menos, dos maneras de antagonismo.
a) La intención de expropiación de mando, que quieren acotar las consignas que las asambleas comunales dan a las autoridades indígenas.
b) La ocupación capitalista de sus territorios, que la violencia impone a proyectos extractivos sobre tierras que históricamente han sido habitadas, desconociendo la histórica propiedad comunal indígena.
Ante esta formas de antagonismo los gobiernos comunales indígenas han desarrollado un profundo grado de fluidez social para actualizarse ante las amenazas o transformaciones que se precisa para la conservación de la vida (Tzul Tzul: 2017).
Así pues, la existencia del sistema de autoridades indígenas, han de ser comprendidas desde una perspectiva histórico política ya que los actores que por siglos han encabezado luchas por el control y defensa de su tierra y sus estructuras de autogobierno político, son ellos. Los ejemplos abundan en la historia oral que circula y van desde las innumerables rebeliones indígenas, hasta las fiestas organizadas por las Autoridades Indígenas que son nombradas por concejos de asambleas y Principales.
Algunos momentos de expansión comunal
Propongo pensar tres acontecimientos del pasado reciente. Su mención responde a situarlos en la medida que lograron tener el efecto de convertirse en epicentros políticos comunales. Esta condición es característica de la política comunal indígena, que logra efectos de expansión y encadenamiento con otras luchas que se desarrollan en territorios indígenas.
Las luchas comunales se nutren a sí mismas de sus límites y las fuerzas que se les presentan. Por ello, al mismo tiempo que se despliegan, también intentan acuerpar y respaldar las luchas de tierras vecinas. Consideré los momentos de expansión comunal, justamente por el efecto logrado, no necesariamente tienen una secuencia temporal, incluso se encuentran diferidos. Pero que cumplen un efecto de espejo entre sí.
1. El primer acontecimiento es la masacre 4 de octubre de 2012 contra 48 cantones de Totonicapán. El resultado de la matanza es el aplacamiento de las demandas de las comunidades por evitar una reforma constitucional del artículo 66 constitucional (Sobre la promoción y protección de las formas de organización social de las comunidades indígenas); y el alza en los precios de la energía eléctrica.El resultado de este aniquilamiento fue la muerte de siete comunitarios, varios heridos, mujeres viudas y niños huérfanos. La respuesta comunal para repudiar la masacre abrió un horizonte de articulación y de apoyo entre los pueblos.
2. Un segundo acontecimiento: El 3 de diciembre de 2004. Cuando la municipalidad indígena de Sololá y sus comunidades manifestaron su rechazo al modelo minero y bloquearon una carretera central en apoyo a las comunidades de Miguel Ixtahuacán que se oponían a la empresa Minera Gold Corp. Los comunitarios se opusieron al paso del cilindro que se utilizaría para la construcción de la minera a cielo abierto en la región de San Marcos y también para evitar la destrucción de una pasarela. Este evento produce un efecto de encadenamiento de luchas en todo el territorio.
3. Una tercera es el proceso legal de tierras comunales: Las comunidades de Chuarrancho y otras que han sido pioneras en el acto de construir estrategias político-legales para asegurar jurídicamente las tierras que de por sí les pertenecen a las comunidades. Resulta interesante analizar este epicentro político comunal, pues es el resultado de una estrategia para responder a las agresiones, donde las mujeres fueron piedra angular, pues fueron ellas las que alegaron la posibilidad histórica de seguir heredando comunalmente la tierra. Así pues, el recurso de la memoria sobre el uso y propiedad de la tierra, dio forma a la activación del aparato de derechos colectivos sobre la tierra comunal. Un efecto concreto expansivo que ha venido provocando el proceso de asegurar jurídicamente la tierra es la suspensión de hipotecas sobre tierras comunales dada su calidad de inembargable, indivisible, inalienable e imprescriptible.
Llegados a este punto y habiendo nombrado algunos acontecimientos de expansión comunal se presenta con más claridad la doble dimensión de las lucha comunales, a decir: No Estado céntrica, pero al mismo tiempo, no descuida la consagración de derechos constitucionales. Me explico: las comunidades afianzan las luchas territoriales propias, al mismo tiempo que le dan fuerza a las otras comunidades y simultáneamente defienden los pocos derechos colectivos que respaldan su existencia.
Primera Clave: Trabajo Comunal
El trabajo comunal es la columna vertebral del gobierno indígena. Su comprensión ha de realizarse en el universo general de la arquitectura y funcionamiento de los gobiernos indígenas. Es columna vertebral, dado que es la energía social necesaria para la producción de lo que se precisa para vivir colectivamente. Un ejemplo concreto, es la cantidad de jornales que las familias realizan en las comunidades para la producción de agua, el mantenimiento de caminos, el cuidado y reforestación de bosques o para organizar fiestas, en suma para garantizar la reproducción de la vida (Tzul Tzul: 2017).
El trabajo comunal o Ka’x k’ol, se constituye pues en la institución que sostiene los ámbitos de autonomía y de la vida. Pensándolo así, el trabajo comunal es la fuerza social que produce la energía para la conservación de las estructuras comunales.
En términos más amplios, este trabajo habilita la posibilidad de decidir sobre todo aquello que se comparte. De tal manera que decisión política y k’ax k’ol no se puede comprender de manera separada, pues una posibilita a la otra.
Se decide sobre lo que se ha trabajado comunalmente y se trabaja sobre lo que se decide, el agua es uno de los puntos de comprensión de esta lógica del gobierno comunal. La perdurabilidad en el tiempo de los gobiernos comunales indígenas ha de comprenderse a través de complejas y sofisticadas formas de organización del trabajo comunal que mujeres y hombres tendrán que realizar para gozar del uso de los bienes comunes.
En tal sentido, el trabajo y la autoridad comunales habilitan grados de interpretación general de la política nacional. Estamos pues al frente de estructuras comunales que producen quiebres a la extensión de los formatos liberales que buscan subsumir lo comunal indígena a formas individuales de representación ciudadana. De tal forma que la estructura de autoridad comunal indígena y su trabajo es la representación de la autonomía material y simbólica de las comunidades.
Segunda Clave: Tierra comunal que habilita la política
Los gobiernos comunales indígenas irradian y expanden formatos de sentido político compartido y generalizado sobre justicia, defensa territorial y producción de riqueza concreta. Entre ellos los 48 cantones de Totonicapán, la Municipalidad Indígena de Sololá, Los Boq’ol Q’esal Tenam en el Ixil, la Cabecería del pueblo de Santiago Atitlán, entre varios más
El acercamiento que propongo es pensar lo comunal indígena en su capacidad de producir gobierno político y en permanente lucha y tensión en su territorio comunal. Esta clave permite mostrar y dar cuenta del antagonismo permanente y la agresión de las estructuras municipales como forma local del Estado.
Existen una serie de ejemplos de la sobre posición de estructuras sociales recreadas en un mismo espacio. Esto ha dado lugar a la pervivencia histórica de plurales tipos de estructuras de gobierno en un mismo territorio. Por ejemplo, territorios donde existen dobles municipalidades: La municipalidad indígena y la municipalidad oficial.
A continuación ensayo algunas distinciones para comprender las formas de cómo es que aparecen las estructuras de gobierno indígena:
a) Gobierno comunales indígenas que controlan y defienden sus tierras.
b) Gobierno comunales indígenas que se reconstituyeron al mismo tiempo que recuperan tierras.
c) Gobiernos comunales indígenas en proceso de reconstitución de su gobierno y en recuperación de su tierra.
A la luz de lo anterior propongo la metáfora del archipiélago[2], para poder pensar la presencia de estructuras de gobierno comunal a lo largo del país. El efecto concreto de esta forma archipiélago de las tierras comunales es que históricamente han tenido la capacidad de impedir la totalización del Estado guatemalteco. Los territorios comunales en su existencia discontinua en la república logran establecer niveles de orden social que logran poner en crisis la totalidad del Estado y el capital en distintitos niveles. Esto es, sociedades organizadas en trama comunal que buscan gestionar colectivamente la vida pues comparten y producen las fuentes de agua, cuidan los bosques, reparan los caminos, guardan celosamente sus mojones de tierras. Es decir, no viven como una suma de pequeños propietarios individuales.
Ahora bien si el archipiélago es la manera geográfica de pensar la singularidad territorial comunal, la noción de tejidos de asambleas, será la que nos permite pensar los espacios de deliberación y que paulatinamente, se van articulando entre sí.
Estas redes de asambleas comunales, han tenido en el centro de su interés el resguardo de tierras comunales. Es bajo ese lente de tejidos de asambleas que podríamos leer la lucha de Sololá por detener el cilindro de la empresa minera en San Marcos o el masivo apoyo de las comunidades a nivel nacional en la masacre del 4 de octubre.
Ahora bien, el proceso de articulación y tejidos se constituye sobre la lógica de autorregulación, por ejemplo: el principio ninguna autoridad manda sobre otra autoridad lo que significaría, ninguna comunidad manda sobre otra comunidad, mostrándose así la calidad autonómica situada en la articulación. Poniendo en cuestión las formas abstractas de la articulación.
Comprender a la luz del archipiélago/tejido de asambleas, muestran la vitalidad y fuerza de las luchas comunales que tiene en su centro: controlar la tierras comunales, al mismo tiempo que autogobernarse según su proceso histórico. En todo caso, también exhiben la arquitectura de la lucha, las densidades, las maneras de articulación. Se exhibe la fuerza y la estructura que las empresas y el gobierno buscan desmantelar mediante la criminalización de autoridades indígenas, nombrándolos territorios.
Esos hechos son telón de fondo para dar cuenta de la vitalidad de los niveles de los gobiernos comunales, según el nivel de superposición de las formas territoriales republicano-coloniales. Zabaleta (1979) reflexiona sobre que la calidad abigarrada de las sociedades indígenas, y que para el caso de Guatemala, me refiero es donde los territorios indígenas se superponen estructuras de gobierno comunal y con las instituciones estatales.
Dice este autor que las economías indígenas funcionan superpuestas y no combinadas. Por ejemplo los estratos que provienen de las estructuras de reproducción la vida comunal, a decir, los innumerables comités de agua potable en el altiplano occidental que operan en las tierras y montañas comunales, que pautan estrategias territoriales de distribución de agua en las casas, que celebran asambleas y que luego se articulan a una trama general de gobierno comunitario ya sean los alcaldes comunales o el concejo de principales.
Aquí vale la pena dejar entrever que si bien existan las dos estructuras en alguno de los tres niveles de gobierno en tierras indígenas, la resistencia entre uno y otro será variada. Eso daría lugar a una gama de expresiones de las formas de la política comunal, pero tendría a la vista la manera histórica y legitima de las comunidades.
La existencia de las estructuras (según la clasificación que ensayo) no supone una sola manera de superposición o de una combinación, sino que desarrolla niveles de antagonismo y de relaciones de desigualdad. (Tzul Tzul: 2017)
En marzo de 2017, las autoridades indígenas ponían fin a un desgastado proceso de discusión de reforma constitucional en el sector justicia. A lo largo de más de 9 meses (desde julio de 2016) se realizaron mesas de discusión sobre la debacle del sistema de justicia ordinario. La crisis tenía una serie de rostros que incluía el encarcelamiento de jueces que habían participado en actos de corrupción, así como el incremento de la moral judicial, entre varias causas más.
Finalizadas las mesas, se inició una fase legislativa que inició con reforma el antejuicio (que no fue aprobada) y comenzó discutir la potestad de juzgar y la independencia judicial, que se conoció como pluralismo jurídico (artículo 203). Algunos diputados proponían el establecimiento de una jurisdicción voluntaria como forma de reconocimiento al papel comunitario de las comunidades. Propuestas que las autoridades rechazaron abiertamente.
Mi interés es destacar la fuerza en la que las Autoridades Indígenas discutieron sobre independencia judicial, las potestad de juzgar y brindaron argumentos para fortalecer el sistema de justicia ordinaria; al mismo tiempo que disertaban sobre los horizontes de autorregulación comunal en un amplio sistema de justicia comunal indígena (Tzul: 2017).
Durante el proceso de la reforma las Autoridades Indígenas construyeron una potente ruta para la democratización del sistema político nacional. Sus acciones críticas se desarrollaron a contrapelo del ímpetu de la burguesía por querer decidir el destino de los habitantes o por el avivamiento de las pasiones segregacionistas de algunos citadinos. Por esas fechas, los medios de comunicación corporativo habían logrado desplazar la necesidad de discutir la reforma en un contexto de crisis del sistemas justicia ordinario, buscando inscribir los análisis de las Autoridades Indígenas en un puro juego del reconocimiento.
A continuación propongo tres vías para interpretar:
a) Primero consideremos que el debate por la ley, no es un asunto puramente burocrático o legislativo. Las leyes en tanto representan uno de los mecanismos más efectivos para organizan el poder, para jerarquizar a los habitantes, para establecer diferenciación en la sociedad, o para posibilitar la igualdad han de ser discutidos por los poderes realmente existentes. Ese ejercicio de discutir la ley es el que han encabezado las Autoridades Indígenas y lo realizado con la legitimidad que les inviste el mando otorgado por sus asambleas comunitarias que los nombraron.
Las Autoridades Indígenas interpretaron y discutieron cada uno de los artículos del proyecto de la reforma, de ello se deriva La Propuesta de Reforma Constitucional del Sector Justicia de las Autoridades Indígenas[3], presentada el 4 de julio de 2016. En todo el proceso, las Autoridades lograron hábilmente producir articulación política sectores de Derechos Humanos.
Mientras ocurría la fase legislativa en el Congreso de la República, las carreteras del país se convertían en escenarios para que las comunidades apoyaran y exigieran el respeto a las autoridades, manifestaran sus discursos para exigir la aprobación de la propuesta de las Autoridades y el respeto a la larga estrategia de regulación.
Los bloqueos realizados tenían como centro respaldar a las autoridades indígenas, además de manifestar su lucha contra el alza en los precios de la energía eléctrica, pero también interpelando al Estado por ser agente de las empresas que empobrecen y despojan a las comunidades.
b) La lucha de las Autoridades Indígenas, no son coyunturales, pues se nutren de la memoria histórica y de las luchas territoriales de donde provienen. Era un amplio espectro que van desde la defensa y recuperación del territorio, el respeto a la consulta comunitaria, el debate del modelo de generación energética, la soberanía alimentaria, la regulación y equilibrio de la vida comunal o la lucha de la violencia contra las mujeres.
Aunque la lucha de las autoridades aparecía por un artículo en la constitución lo que se abrió fue una potente articulación entre varios territorios, desde Qeqchies que han recuperado tierras en el Ixcán; Qeqchies de Petén que traían consigo toda la lucha de defensa contra las áreas protegidas; ixiles que se reconstruyeron después de la guerra y el genocidio; Q’anjobales que después de salir de la cárcel firmaron convenios comunitarios de hermanamiento por la defensa del territorio con el pueblo Ixil y el pueblo Mam. Mames que mientras luchaban por sacar a sus dirigentes de la cárcel, participaron y organizaron una gran marcha de apoyo a la ciudad y para apoyar la propuesta de las Autoridades Indígenas y la lista sigue. En tal sentido, la lucha de la Autoridades han de ser pensadas en larga duración y con alto grado de fluidez para actualizarse con la correlaciones de la política nacional.
Cierre
El motor de la historia de las comunidades indígenas es la lucha por la tierra y el autogobierno. Las comunidades lograron dar forma a la vida de manera diversa y compleja según el trabajo comunal que realizaron. Se actualizaron al paso de las agresiones, por su gran capacidad de fluidez de autorregularse según lo requirió el resguardo de mojones de las tierras que por siglos mantenemos. Han sido estos sistemas de gobierno comunal indígena quien hace posible la vida. Pues son las mujeres y hombres que día a día hacen trabajo comunal, que luchan contra la reglamentación de la ley de agua, quienes producen horizontes de autorregulación, los que hacen posible que tomemos agua en los chorros de las casas donde vivimos. Parafraseando a Warman (1978): la épica de la vida cotidiana se vuelve epopeya heroica explícita en combates, en sacrificio.
[1] Una versión ampliada de este texto, se ha publicado bajo el nombre Gobierno comunal indígena y estado guatemalteco. Claves para comprender su tensa relación. En Tzul Tzul: (2018). Socióloga, intelectual artista plástica y activista maya k’iche’ en Guatemala.
[2] Mi idea del archipiélago para pensar las luchas de los gobiernos comunales indígenas por sus tierras comunales dialoga y se nutre con lo pensado por Raquel Gutiérrez Aguilar, quien utiliza esta noción para analizar la potencia y fuerza de las luchas que contemporáneamente desarrollan las mujeres. Ver Gutiérrez: 2017.
[3] Existe un documento que las Autoridades Indígenas elaboraron y donde construyen una propuesta de redacción a la Reforma Constitucional del sector justicia. En él se incluyen diversas nociones sobre lo que las comunidad comprenden sobre justicia, reparación e igualdad; donde también ensayan una crítica constructiva sobre el funcionamiento del sistema de justicia ordinario, en tanto los indígenas también son usuarios de esas instancias.