Elisa Cruz Rueda[1]
Escuela de Gestión y Autodesarrollo Indígena, Unach
Pobladores y niñez de Aguacatenango manifestándose en protesta por la falta de agua.
Plantón del 15 de marzo de 2022. Fuente: Archivo Aguacatenango, Venunstiano Carranza.
En el artículo «Cien años de la Constitución mexicana y el Derecho Agrario» publicado hace 6 años, me centré en el caso de la propiedad de las tierras ocupadas y usufructuadas ancestralmente por indígenas de Aguacatenango, Chiapas, desde antes de 1492. Este caso cuestiona la justiciabilidad de los derechos étnico-culturales y agrarios de los indígenas y es un ejemplo del impacto de los cambios que ha tenido el derecho agrario en México. El artículo se divide en cuatro apartados: uno que contextualiza a Aguacatenango en el marco constitucional y legal actual, otro que explora el derecho agrario en el contexto mexicano, un tercero que aborda la reforma energética y su relación con la vulneración de derechos en Aguacatenango, y finalmente, un apartado que narra la historia de reivindicación de las tierras de Aguacatenango como comunidad agraria y no como ejido.
A mayor abundamiento, en el artículo analizo las contrarreformas de 1992 y 2013 al artículo 27 de la Constitución mexicana, enfocándome en la propiedad de tierras ocupadas ancestralmente por indígenas tseltales en Aguacatenango, Chiapas. Analizo cómo esas contrarreformas han afectado los derechos étnico-culturales y agrarios de los pueblos indígenas, poniendo en duda la justicia y efectividad de los mecanismos legales actuales para proteger estos derechos.
Es importante considerar que Aguacatenango, en el contexto constitucional y legal actual, fue en su momento ejemplo de rezago agrario, lo que propiciaba la vulnerabilidad y susceptibilidad de sus tierras a ser despojadas. De igual forma el ejemplo sirve para ilustrar cómo el derecho agrario en el caso mexicano ha sido un indicador claro de la transición de un Estado social a un Estado liberal, justo porque el Derecho agrario mexicano forma parte de los derechos sociales instituidos para la protección de sectores sociales afectados por las desigualdades estructurales, situación de protección que prácticamente queda violentada por la llamada reforma energética, que nosotros denominamos “la segunda contrarreforma agraria”. Con esto, mostramos la manera en que esa contrarreforma de 2013 ha vulnerado los derechos de los pueblos a sus territorios.
En seguida, aterrizamos en el caso concreto del paso del ejido a comunidad agraria en Aguacatenango, municipio de Venustiano Carranza (1922-2017). El caso es importante porque la historia de Aguacatenango ejemplifica la transición de la tenencia social de la tierra a un régimen de privatización, donde la obtención de tierra se rige por el mercado y no por el derecho social.
Al relatar la historia de reivindicación de tierras en Aguacatenango, se postuló que la reivindicación vía juicio agrario de las tierras en rezago de este poblado podría dar la posibilidad de que en lugar de quedar como ejido quedaran como comunidad indígena agraria. Hoy, siete años después, podemos decir que si bien hubo el reconocimiento de sus tierras en la resolución del Tribunal Unitario Agrario, éste no hizo el reconocimiento como tierras de comunidad indígena pese que así lo solicitó el núcleo agrario, y a que en las audiencias se hacían acompañar del intérprete de su lengua indígena.
El Derecho Agrario en el caso mexicano
Es importante precisar que el artículo 27 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (CPEUM) de 1917 reconoce la propiedad social de la tierra. Sin embargo, las reformas de 1992 y 2013 han cambiado este carácter social por uno mercantilista. Estas reformas facilitan la privatización de la tierra y la explotación de recursos naturales, en detrimento de los derechos de los campesinos y pueblos indígenas. La importancia de plantear la posibilidad de que Aguacatenango pasara de ser ejido a comunidad agraria justamente era para lograr mayor protección sobre la propiedad colectiva de las tierras. Concluimos la importancia de una revisión y fortalecimiento de los mecanismos legales para proteger los derechos agrarios y étnico-culturales de los pueblos indígenas, y que la historia de Aguacatenango es un ejemplo de las deficiencias del sistema actual y de la importancia de garantizar justicia y efectividad en la aplicación del derecho agrario en México.
A 107 años de la CPEUM
Podemos decir que en la actualidad tanto compañeras como compañeros ejidatarios de Aguacatenango quedaron hasta cierto punto satisfechos porque ya tienen certeza jurídica sobre las más de 1500 hectáreas que no se les habían querido reconocer desde la expedición de su resolución presidencial. Junto con esto el pueblo de Aguacatenango durante muchos años ha venido luchando para que se le reconozca el derecho al agua.
Es importante precisar que dada la geografía de Aguacatenango el asentamiento humano o poblado fue construido prácticamente al lado de una laguna que siempre estuvo a la vista, es decir, nunca se secaba y suponemos que esto se debía a que en el fondo de esa laguna brotaba agua. Por las afectaciones ambientales provocadas por la humanidad que se han dado en llamar “cambio climático”, la laguna se fue secando poco a poco y llegó un momento en donde de plano se secó, hace 15 años aproximadamente. Sin embargo, cada año resurgía con las lluvias la laguna, al grado de que por 4 o 5 meses no había paso por carretera hacia Aguacatenango. Pero al dejar de llover la comunidad de Aguacatenango se quedaba sin agua.
Amatenango del Valle vs. Aguacatenango: el condicionamiento sobre el acceso al agua
Cabe preguntarse, cuando hay sequía, ¿de dónde traen agua los habitantes? El poblado de Aguacatenango entabló un acuerdo o convenio con el poblado de Amatenango del Valle, que es otro municipio, pero también perteneciente al pueblo tseltal.
Ese convenio consiste en que Amatenango daba acceso a Aguacatenango a uno de sus manantiales permanentes, es decir, les surtía el agua conectando el manantial a la red de agua entubada del poblado y así, sobre todo en las noches, podían disfrutar de agua para llenar sus depósitos y tener agua para el consumo humano.
Poco antes de la pandemia de Covid-19, Amatenango del Valle aumentó la cuota para dar acceso al agua del manantial que se encuentra en su territorio, sobre todo porque también sus pobladores empezaban a sufrir de escasez de agua. Llegó al extremo de condicionar que el uso del agua extraída en el manantial y llevada a Aguacatenango solo fuera para consumo humano y para labores en el hogar (lavar trastes, ropa, y aseo personal), prohibiendo su uso para el huerto familiar o para regar plantas en los solares urbanos. A esto, Amatenango del Valle agregó otras condiciones para que Aguacatenango accediera al agua: el derecho a la explotación sin medida del bosque que se encuentra en su territorio y usarlo para alimentar a sus ganados.
No le quedó más remedio a Aguacatenango que aceptar, porque no tiene agua. Desde hace 4 años, las autoridades, los órganos de representación y su agente municipal empezaron a presentar solicitudes para que el gobierno federal o el gobierno del estado les proporcionen recursos económicos o les ayuden a financiar y abrir 2 o 3 pozos profundos, ya que prácticamente sus manantiales se han secado y ni con lluvias torrenciales ni con nada se reactivan. En la actualidad viven en estrés hídrico, ya que tienen que seguir doblegados ante las condiciones que les impone Amatenango del Valle.
Por desgracia, el gobierno federal y el gobierno del estado, a pesar de conocer la situación, no hacen nada para que Aguacatenango pueda construir pozos profundos y pueda obtener agua para el consumo humano y para la siembra, ya que todas las tierras donde tienen sembradíos de maíz y frijol son de temporal: si llueve pueden obtener cosechas, si no llueve, como ha pasado en los últimos años, tienen el gran problema de no tener insumos para mantener sus cultivos. Eso ha provocado otras problemáticas más fuertes como la migración, el alcoholismo, etcétera, consecuencia del empobrecimiento endémico causado por esta situación.
El derecho al agua y el crimen tolerado
La protesta social es un derecho, sobre todo si se carece de agua. Los pobladores de Aguacatenango, ya cansados de los trámites, de citas con las autoridades de Conagua del gobierno federal, o con el Instituto Nacional de los Pueblos Indígenas (INPI), el 15 de marzo de 2022 decidieron salir a las calles instalándose en una parte de la carretera panamericana que va desde Tuxtla, pasando por San Cristóbal de las Casas, y sigue hasta la frontera con Guatemala, pasando por Teopisca y por Comitán. Decidieron hacer un plantón a las orillas de la carretera, para exigir que el gobierno satisficiera su reclamo de perforación de pozos profundos.
Ahí estuvieron en plantón aproximadamente 2 horas, cuando de pronto llegaron, ya plenamente identificadas, personas vinculadas al crimen organizado. Es importante precisar que es secreto a voces y ha sido documentado por la prensa que en el municipio de Teopisca han florecido actividades delictivas como el cobro de piso y el tráfico de personas, controladas por bandas de esta misma región que se dedican además al tráfico de estupefacientes en las comunidades y la extorsión, y su presencia se manifiesta hasta en su afán de control del gobierno municipal de Teopisca (Martín, 2023).
Estas bandas, fuertemente armadas, llegaron al plantón pacífico de los pobladores de Aguacatenango disparando al aire indiscriminadamente, arremetiendo en contra de hombres, mujeres, ancianos, niños y niñas. Con ello lograron intimidar a los compañeros de Aguacatenango y los obligaron a salir huyendo de la zona donde tenían instalada su protesta. Pudimos ver cómo, en el momento en que se dispersó toda la gente, estos grupos armados se felicitaban unos a otros y saludaban a los tripulantes de dos patrullas claramente identificadas como policía municipal y policía del gobierno del estado, haciéndose señas y congratulándose mutuamente por la acción de desalojo con violencia. Con ello, pudimos corroborar el vínculo que por desgracia existe entre las fuerzas de seguridad (el Estado mexicano) y estas personas que integran lo que se ha denominado el crimen organizado.
Reflexión final
A 107 años de la CPEUM de 1917 las condiciones de vida digna para los campesinos en México se tornan más difíciles dada una suerte de colapso multidimensional: ambiental, de seguridad pública, de seguridad social y de los derechos humanos como ventana de esperanza para cambiar las condiciones de desigualdad.
El panorama es desolador para comunidades como Aguacatenango e incluso para Amantenango del Valle, pues ambas están cruzados por la desigualdad estructural por ser indígenas, pero a la vez su condición es diferenciada porque en esa aparente igualdad en la precariedad, una sigue padeciendo de falta de agua, y la otra impone sus condiciones aprovechando las necesidades de sus vecinos. Ambos pueblos se encuentran en fuego cruzado en la ruta del crimen tolerado por los tres niveles de gobierno que, en su colapso, cede y acuerda abierta o veladamente con él.
Ante esto nos preguntamos: ¿la resistencia como muestra de esperanza también está colapsando? ¿También está colapsando la solidaridad entre pueblos?
Referencias
Cruz Rueda, E. (2018). “Cien años de la Constitución mexicana y el Derecho Agrario”. Mundo Agrario, 19(42), e101. https://doi.org/10.24215/15155994e101
Martín Pérez, F. (2023, 12 de agosto). “Chiapas asolado por enfrentamientos entre grupos del crimen organizado. Pobladores denuncian balaceras, bloqueos carreteros y la quema de varios automóviles en la Frontera Comalapa, Chicomuselo y Teopisca”. El Universal. https://www.eluniversal.com.mx/estados/chiapas-asolado-por-enfrentamientos-entre-grupos-del-crimen-organizado/
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